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Los bares de Sevilla pueden abrir hasta las tres de la madrugada, pero los veladores sólo hasta la una

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El decreto publicado el miércoles pasado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía que permite ampliar el horario de apertura de los bares hasta las tres de la madrugada en los días laborables —los fines de semana ya era así— está pensado sobre todo para los lugares de costa, ya que en los paseos marítimos y chiringuitos de playa sí tiene sentido dar a los hosteleros ese balón de oxígeno para aprovechar lo máximo que puedan la temporada. La caída del turismo internacional va a causar estragos en el litoral andaluz y la Junta está intentando aprobar medidas que mitiguen las pérdidas previstas por el sector. Sin embargo, esta decisión es bastante conflictiva cuando se aplica en ciudades de interior porque las asociaciones que defienden el derecho al descanso de los vecinos no la aprueban. Por eso el Gobierno de Juanma Moreno da la opción a los ayuntamientos de que la ejecuten como más les interese. En el caso de Sevilla, el Ayuntamiento y la asociación de hosteleros acordaron la semana pasada la ampliación hasta las tres en el interior de los establecimientos, como marca el decreto de la Junta. Es decir, dieron a los bares todo el margen que la administración autonómica permite. Pero muchos hosteleros son críticos con esta medida porque aquí no les compensa. Y además ya se han alzado las primeras voces en contra. Lola Dávila, de la asociación «Derecho al Descanso» de Sevilla envió un comunicado explicando que «tenemos que ser generosos con los hosteleros y no estamos en contra de esa ampliación» pero siempre que eso no afecte a los vecinos y exista un compromiso por parte de los hosteleros de respetar el ruido. No obstante, la situación ha generado una pugna entre el Ayuntamiento y la Junta, ya que ambos se atribuyen la responsabilidad final en la ampliación de estos horarios. Espadas asegura que la hora máxima de apertura de un local de hostelería está regulada por la administración autonómica, mientras que el consejero de Presidencia, Elías Bendodo, aclara que la Junta sólo dispone el marco legislativo, pero que luego los ayuntamientos pueden tomar las medidas que quien dentro de la norma regional. Esto quiere decir que el Ayuntamiento tiene competencias para decidir el horario de cierre de los locales siempre que sea inferior al que estipula la Junta, nunca superior. Lo que hace la administración autonómica es aprobar una normativa de máximos. Y en el caso de la ampliación de los bares hasta las tres de la madrugada, el Ayuntamiento se ha acogido a ella sin más. Otra cuestión es la de las terrazas de veladores, que los ayuntamientos pueden cerrar antes que el local por razones de ruido aplicando la Ordenanza Municipal de Protección Ambiental. Gracias a esta norma, cada ciudad puede regular el horario máximo de la actividad en la calle. Sevilla lo hace aplicando un mapa de zonas acústicamente saturadas, donde las restricciones son mayores y, además, está limitada la emisión de nuevas licencias para evitar precisamente que se concentren establecimientos ruidosos en un mismo lugar. Acuerdo con los hosteleros En este contexto, los hosteleros han firmado con el gobierno municipal un acuerdo para que las terrazas de veladores puedan aumentar su límite actual en una hora. Esto es así porque el decreto de ampliación de la Junta también invita a los ayuntamientos a ampliar el horario de las terrazas de veladores hasta un máximo de las tres de la madrugada durante un periodo transitorio. La asociación de hosteleros, no obstante, ha propuesto al Ayuntamiento que en el caso de Sevilla la ampliación sea sólo de una hora. De esta forma, en zonas acústicamente saturadas el horario de retirada de los veladores pasaría a ser a las doce de la noche entre semana y a la una de la madrugada los fines de semana, mientras que en el resto de la ciudad sería a las dos entre semana y a las tres los fines de semana. El gobierno de Juan Espadas ha aceptado esta ampliación, pero ahora tiene que llevar a cabo los trámites legales necesarios. De hecho, el Ayuntamiento aclara que la fecha de entrada en vigor de esta medida dependerá de los análisis jurídicos y técnicos dado que este artículo no es de inmediata aplicación ni habilita a los ayuntamientos para suspender de forma automática sus ordenanzas municipales. Por tanto, hasta que no haya una aprobación avalada por los servicios jurídicos municipales, el horario de las terrazas se mantiene como hasta ahora, la una de la madrugada. Lo que sí está ya decidido es que esta medida se aplicará, si se aprueba, mientras esté vigente el decreto de la junta de Andalucía. Por lo tanto, la apertura del interior de los locales hasta las tres de la madrugada sí se puede aplicar en tanto que el marco normativo de la Junta lo permite y ya está aprobado en el Boja. Sin embargo, la ampliación del horario de los veladores no porque aunque el establecimiento puede seguir abierto, la actividad en la calle está regulada por el Ayuntamiento, que ahora tiene que aprobar en sus órganos de gestión esta medida. Conclusión: los bares pueden abrir hasta las tres, pero tienen que quitar los veladores a la una de la noche.
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