Reglamentación sobre carreras libres
Debido a las irregularidades detectadas en algunas carreras, se informa la reglamentación UCI a la que se acoge la UCRA.CAPÍTULO II. PRUEBAS SECCIÓN 1. Disposiciones administrativas 3. Pruebas prohibidas 1.2.019 Ningún licenciado podrá participar en una prueba que no esté inscrita en un calendario nacional, continental, mundial, o que no esté reconocida por una federación nacional, confederación continental, o la UCI. 1.2.021 En caso de infracción del artículo 1.2.019 o 1.2.020, el

